Prestaciones satelitales

Reynaldo Bustamante Alarcón > Casos > Prestaciones satelitales

Corte Suprema confirma que, los sujetos que tengan la calidad de agentes de retención y que realicen operaciones satelitales con sujetos no domiciliados en el país, deberán retener el Impuesto a la Renta que corresponda cuando esas operaciones son utilizadas económicamente en el Perú.